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Reglamento de las Juntas Municipales de Distrito

El presente Reglamento responde a lo establecido en el artículo 128 de la Ley 57/2003 de medidas para la Modernización del gobierno local, y no afecta al vigente Reglamento de Participación Ciudadana.

Artículo 1.- Los Distritos.

Los distritos constituyen divisiones territoriales del municipio de Córdoba, y están dotados de órganos de gestión desconcentrada para el impulso y el desarrollo de la participación ciudadana en la gestión de los asuntos municipales y su mejora, sin perjuicio de la unidad de gobierno y gestión del municipio.

Corresponde al Ayuntamiento Pleno modificar la división del término municipal en distritos, así como su número, límites territoriales y organización. Los distritos se subdividen en barrios y barriadas.

El término municipal de Córdoba se divide en 10 distritos administrativos que son los siguientes: Central, Sur, Sureste, Levante, Norte-Sierra, Norte-Centro, Poniente-Norte, Poniente-Sur, Periurbano Este y Periurbano Oeste, cuya delimitación territorial y límites constan en el plano adjunto que forma parte del
presente Reglamento. Esta división no afecta en modo alguno al número de Consejos de Distrito actualmente existentes, que mantendrán, como órganos netamente ciudadanos, las mismas funciones que vienen expresadas en el Reglamento vigente de Participación Ciudadana.

En este sentido las menciones a Distritos contenidas en el presente reglamento se refieren a los mencionados distritos administrativos.

Artículo 2. Órganos del Distrito.

Son órganos de los distritos:
1.- La Junta Municipal de Distrito, es el órgano colegiado de representación político-vecinal, que se encarga de dirigir la participación de los ciudadanos en la gestión de los servicios municipales.
2.- La Presidencia recaerá en un/a Concejal/a, cuyo nombramiento y cese serán determinados libremente por el Alcalde o la Alcaldesa.

Artículo 3.- La Junta Municipal de Distrito.

Las Juntas Municipales de Distrito son órganos territoriales para la desconcentración de la gestión municipal, que impulsan y sirven de cauce a la participación ciudadana. Asimismo, son instrumento esencial para la aplicación de una política municipal orientada a la descentralización de servicios y a la representación de los intereses de los diversos barrios del Municipio. Su actuación ha de ajustarse a los principios de unidad de gobierno, eficacia, coordinación y solidaridad.
Para asegurar una mayor cercanía a los/as ciudadanos/as de Córdoba en la gestión municipal, se desarrollará un continuado proceso de información ciudadana sobre el funcionamiento de los servicios públicos, así como la introducción de las nuevas tecnologías como mecanismo de acercamiento de
la Administración municipal al territorio y a los servicios de proximidad.

Artículo 4.- Composición de la Junta Municipal de Distrito.

Cada Junta Municipal de Distrito estará compuesta por:
 - Capitular que ostente la Presidencia, por delegación de la Alcaldía.
 - Representantes propuestos por cada Consejo de Distrito existente en el territorio hasta un número total de seis titulares y sus suplentes, debiendo estar todos los Consejos de Distrito representados con el mismo número de miembros. Éstos serán elegidos por cada Consejo de Distrito garantizando la representación de la pluralidad de colectivos que lo conforman.
 - Un representante y su suplente, propuesto por cada grupo municipal, que podrá ser vecino del distrito.
 - El/la directora/a del distrito, que actuará como secretario/a, con voz pero sin voto.

Los nombres de las personas propuestas para formar parte de la Junta Municipal de Distrito serán comunicados por las respectivas organizaciones a la Alcaldía, para su nombramiento. Dicho nombramiento concluirá con el mandato municipal. Se utilizará el mismo procedimiento para la sustitución de los componentes del órgano.
Los miembros de la Junta cesarán por alguna de las siguientes causas:
1. Por terminación de su mandato
2. Por incumplimiento del Régimen de funcionamiento interno,
según se refleje en el mismo.
3. Por renuncia propia.
4. Por decisión del órgano que lo propuso.
5. Por fallecimiento.
6. Por incapacidad o inhabilitación.
Los miembros de la Junta Municipal no percibirán retribución por el ejercicio de las funciones en la misma salvo las que puedan corresponder al secretario, reguladas en la Valoración de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento.

Artículo 5.-Atribuciones de la Junta Municipal de Distrito.

Ostentará las competencias que expresamente le atribuyan la Alcaldía o la Junta de Gobierno Local, en los términos previstos por la legislación vigente, y en particular:

a) Conocer y efectuar el seguimiento de la actuación municipal en el distrito.

b) La adopción de acuerdos para su elevación a otros órganos municipales, de las propuestas de los ciudadanos en materias de interés del distrito.

c) Conocer el proyecto anual de los Presupuestos Municipales, y especialmente de los proyectos y partidas que se gestionen directamente desde el distrito.

d) Proponer anualmente los cambios necesarios en los servicios y recursos desconcentrados, para su inclusión en los presupuestos municipales.

e) Aprobar la programación de las actividades a realizar en el distrito con cargo a su presupuesto y efectuar un seguimiento de las mismas.

f) Dictaminar y proponer para su aprobación por la Junta de Gobierno, las bases de las convocatorias de subvenciones económicas a colectivos y entidades para actividades a realizar en el distrito, y que figuren en el presupuesto anual asignado al mismo.

g) Gestionar los equipamientos municipales de carácter territorial que existan en el Distrito, elevando propuestas para la mejora de los centros y equipamientos del propio Distrito.

h) Conocer e informar sobre las quejas y sugerencias que se presenten referidas al Distrito y elevar su informe a la Comisión de Quejas y Reclamaciones.

i) Aprobar la memoria anual de las actividades desarrolladas en el distrito y de las necesidades de los servicios.

j) Aprobar su Régimen Interno de Funcionamiento, en el marco de las Normas generales establecidas en este Reglamento.

k) Trasladar, por acuerdo de la mayoría, todo tipo de proyectos relativos al Distrito que estimen pertinentes, a las Comisiones Permanentes de la Corporación.

l) Fomentar las relaciones del Ayuntamiento con las AA.VV. radicadas en el Distrito.

Artículo 6.- Funcionamiento de la Junta Municipal de Distrito.

La Junta Municipal de Distrito podrá celebrar sesiones ordinarias, extraordinarias y extraordinarias urgentes.

Se celebrará sesión ordinaria de acuerdo con el calendario que la propia Junta establezca, y en todo caso al menos una al bimestre. Las sesiones extraordinarias podrán convocarse a iniciativa de la Presidencia, o a petición de una cuarta parte del número legal de miembros de la Junta.

El régimen de adopción de acuerdos, quórum, convocatorias y demás cuestiones de funcionamiento se regirán por lo previsto en el Reglamento de Pleno Municipal.

La actividad de las Juntas Municipales de Distrito deberá coordinarse entre sí y con el resto de la actuación municipal, emitiéndose las instrucciones, circulares o criterios generales que la Alcaldía o Concejalía en que delegue, puedan considerar convenientes para este fin.

Las sesiones de la Junta Municipal de Distrito podrán ser públicas, cuando así se acuerde por mayoría de los miembros que la componen. Asimismo, podrá asistir a las sesiones el Concejal que así lo desee, con voz pero sin voto.

En el caso de empate en las votaciones de la Junta Municipal de Distrito, decidirá el Presidente mediante voto de calidad.
Artículo 7.- Presidente/a de la Junta Municipal de Distrito.

El Presidente o Presidenta, nombrado y cesado por la Alcaldía, ostenta la máxima representación del Ayuntamiento en el Distrito.

El/la Presidente/a desempeña las funciones que le confieren la legislación vigente y este Reglamento, así como las que le atribuya por delegación la Alcaldía o la Junta de Gobierno Local.

Serán funciones de la Presidencia ejecutar, hacer cumplir y supervisar el cumplimiento de los acuerdos adoptados por la Junta Municipal de Distrito.

Artículo 8.- Atribuciones de la Presidencia de la Junta Municipal de Distrito.

a) Representar al Ayuntamiento en la demarcación del distrito, sin perjuicio de la función representativa general del Alcalde o Alcaldesa.

b) Convocar y presidir las sesiones de la Junta, como establecer el orden del día de las mismas, así como requerir la asistencia a las sesiones de los técnicos municipales que se considere oportuno.

c) Dar traslado a otros órganos municipales de las propuestas de la Junta.

d) Fomentar las relaciones del Ayuntamiento con las entidades asociativas del distrito.

e) Impulsar e inspeccionar los servicios y obras que se realicen en el ámbito territorial del Distrito.

f) Aprobar los gastos a realizar con cargo al presupuesto del Distrito.

g) Podrá expedir autorizaciones administrativas, certificados y demás licencias, en el ámbito de su distrito, en el marco de las competencias que le hayan sido delegadas.

h) Cualquier otra función que le atribuyan las normas vigentes.

Artículo 9.- Desconcentración de recursos y servicios.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 128.2 de la Ley 57/2003, de medidas para la Modernización del gobierno local, el porcentaje mínimo de los recursos presupuestarios que serán gestionados por los Distritos se establece en el 15% del Presupuesto del Ayuntamiento. En ese porcentaje, pueden incluirse
las transferencias municipales a órganos de gestión descentralizada para su desconcentración en distritos mediante acuerdos específicos.

Los recursos y servicios territorializados tendrán dos niveles de actuación:

a) Servicios cuya gestión está residenciada en el Distrito:
- Servicios de Atención Ciudadana.
- Servicios culturales y programas de animación sociocultural y de promoción festiva.
- Mantenimiento y funcionamiento de los centros municipales dependientes del Distrito.
- Programas de fomento de la participación ciudadana.
- Programas de sensibilización sobre cooperación internacional.
- Programas de mejora del medio ambiente
- Programas de promoción de la educación e infancia.

La ejecución de todos estos programas cuyos servicios actualmente ya están desconcentrados será gestionada íntegramente por cada Junta Municipal de Distrito.

b) Servicios que constituyen programa a nivel de ciudad y que se gestionan desconcentradamente en el territorio:
- Gestión del personal de los servicios territorializados.
- Servicio de Policía de Barrio.
- Programas de promoción deportiva.
- Programas de Servicios Sociales.
- Programas de Servicios Sociales.
- Programas dirigidos a los distintos sectores de población:
igualdad, sectores desfavorecidos de población, juventud, tercera edad,...
- Servicio de biblioteca.
- Programas de mantenimiento de infraestructuras.

Su ejecución en el territorio se realizará en el marco de la planificación general de las distintas áreas y servicios municipales atendiendo a los principios de coordinación y cooperación.

La Junta Municipal de Distrito podrá hacer un seguimiento sobre los diferentes programas y elevar propuestas en relación a estos servicios.

Con independencia de las facultades de decisión sobre materias asignadas a los distritos, la ejecución material de su contratación y adjudicación se llevará a cabo por los servicios centrales del Ayuntamiento como instrumento de colaboración y cooperación a nivel de ciudad.

Artículo 10.- Sede de la Junta Municipal de Distrito.

En cada distrito se designará un Centro municipal, que será sede de la Junta Municipal.

En los Centros e Instalaciones existentes en cada Distrito se prestarán los distintos servicios municipales que se lleven a cabo de forma territorializada desde las diferentes áreas municipales.

Artículo 11.- Organización administrativa del Distrito.

Las funciones de dirección, planificación y coordinación de los recursos municipales del Distrito se llevarán a cabo por el Director/a, bajo la dirección superior del Presidente del Distrito, del que dependerán los Centros e Instalaciones que mediante acuerdo expreso se le asignen, en cada distrito sólo existirá un director/a, con independencia del número de centros que existan en el mismo, sin perjuicio de que en determinados centros pueda existir la figura de un administrador u otro tipo de cargo que se ocupe de la gestión del mismo.

El régimen de uso y funcionamiento de los Centros e Instalaciones de los Distritos se deberá ajustar a las Normas generales dictadas al efecto por la Junta de Gobierno local.

En todo caso los Centros Cívicos que existan en los distritos se mantendrán como eje del proceso de desconcentración administrativa y de gestión, integrando distintas áreas y servicios y favoreciendo la participación ciudadana, tanto individual como colectiva, en los asuntos municipales.

Artículo 12.- Funciones de la Dirección/Secretaría de la Junta Municipal de Distrito.

La persona designada como Director/a realizará, entre otras, las siguientes funciones:

1.- Asistir a la Presidencia de la Junta Municipal del Distrito.

2.- Asistir a las reuniones de la Junta, con voz y sin voto, y levantar actas de las mismas.

3.- Coordinar los Centros e Instalaciones municipales asignados al Distrito y dirigir aquellos que expresamente se le encomienden.

4.- Asesorar a la Presidencia y a la Junta Municipal en los asuntos de su competencia.

5.- Las demás que expresamente se determinen en la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento, para este puesto, y en especial las que expresamente le encomiende el Presidente o Presidenta de la Junta.

Artículo 13.-

Los actos de la Junta Municipal de Distrito son inmediatamente ejecutivos, salvo en aquellos casos en que una disposición legal establezca lo contrario.

DISPOSICIONES ADICIONALES
PRIMERA.-

En lo no regulado en el presente Reglamento se estará a lo dispuesto en las siguientes Normas:

- Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local.

- Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

- Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo de 18 de abril de 1986.

- Reglamento Orgánico de Pleno, aprobado por el Excmo. Ayuntamiento Pleno.

- Cuantas otras Normas de igual o superior rango normativo puedan ser de aplicación.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA
PRIMERA.-

Dada la especial situación del entorno urbanístico del barrio de San Rafael de la Albaida, se acuerda la adscripción provisional del citado barrio a la Junta Municipal de Distrito Norte Centro. Esta adscripción provisional dejará de tener efectos en la primera renovación de las juntas municipales de distrito, momento en el cual el citado barrio se considerará adscrito definitivamente a la Junta Municipal de Distrito Poniente Norte.

Córdoba, 2 de marzo de 2006.
 

ANEXO I
DELIMITACIÓN CASCO URBANO:

A efectos de delimitar los distritos que componen el casco urbano, se ha considerado el territorio con población residente agrupada por una continuidad urbanística, añadiendo las áreas comprendidas en los planes parciales que van a suponer el próximo desarrollo urbanístico de la ciudad, según informe de la Gerencia de Urbanismo, y que consta en el expediente. El resto del desarrollo urbanístico contemplado en el P.G.O.U no se ha tenido en cuenta ya que no se trata de suelo programado, y por tanto su desarrollo urbanístico será a más largo plazo.

Se entiende como casco urbano el polígono comprendido por el territorio al norte de la autovía A-4, desde confluencia con carretera con Badajoz hasta unión con puente de Andalucía; territorio al este de la ronda de poniente, desde puente de Andalucía hasta confluencia con línea de ferrocarril; territorio al norte de la
línea de ferrocarril, desde túnel de la ronda de poniente hasta puente de acceso al parque joyero; territorio al este del arroyo de cantarranas, desde línea de ferrocarril hasta carretera Trassierra, y hacia el norte de la carretera Trassierra limite urbano de urbanización patriarca y brillante; territorio al oeste del limite urbano
del brillante hasta confluencia con ronda norte en urbanización Mirabueno; territorio al sur de la ronda norte hasta confluencia con carretera Badajoz; territorio al oeste de la carretera de Badajoz, desde rotonda ronda norte hasta confluencia con autovía A-4.

La delimitación de los distritos del casco urbano.

Centro: El polígono delimitado al este de la Av. Del Corregidor, Av. Conde de Vallellano, Av. República Argentina y Av. Mozárabes; al sur de Av. De la Libertad y Av. Al Nasir; al oeste de la Av. De los Almogávares, en el tramo comprendido al sur de la glorieta del mismo nombre, Ronda de Marrubial,
Av. De Barcelona, Campo de San Antón y Campo Madre de Dios; al norte del río Guadalquivir en el tramo correspondiente de Ronda de los Mártires, Paseo de la Ribera, Ronda de Isasa y Av. Del Alcázar.

Le corresponden los barrios de San Basilio, Huerta del Rey Vallellano, La Catedral, San Francisco-Ribera, Santiago, San Pedro, El Salvador y la Compañía, La Trinidad, Centro Comercial, San Miguel Capuchinos, San Andrés ­San Pablo, La Magdalena, Cerro de la Golondrina, San Lorenzo, Santa Marina, Campo la Merced-Molinos Alta, Ollerías, El Carmen.

Sur: El polígono delimitado al oeste y sur del cauce del Río Guadalquivir, en el tramo comprendido entre el puente de la autovía A-4 y el puente de Andalucía; al norte de la autovía A-4 en el tramo comprendido entre el puente sobre el río Guadalquivir y confluencia con el puente de Andalucía.

Le corresponden los barrios de Polígono Guadalquivir, Sector Sur, Fray Albino y Campo de la Verdad Miraflores.

Sureste: El polígono delimitado al este del cauce del río Guadalquivir, en el tramo comprendido entre el puente de la autovía A-4 y Ronda de los Mártires, Campo Madre de Dios y Campo de San Antón; al sur de Av. De Libia y Carretera de Madrid hasta ronda de levante; al oeste de ronda de Levante, en el tramo
comprendido entre glorieta Hipermercado y autovía A-4; al norte de autovía A-4, en el tramo comprendido entre Polígono Granadal y puente río Guadalquivir.

Le corresponden los barrios de El Arenal, Arcángel, Santuario, Fuensanta, Cañero y Fidiana.

Levante: El polígono delimitado al este de Avenida de Barcelona, Ronda de Marrubial y Avenida Almogávares, en el tramo comprendido al sur de la glorieta del mismo nombre; al sur de la línea de ferrocarril, en el tramo comprendido entre Av. Almogávares y paso de ronda de levante; al oeste de ronda de levante, en el tramo comprendido entre cruce con línea de ferrocarril y glorieta hipermercado; al norte de la Avenida de Libia, desde glorieta hipermercado hasta confluencia con Avenida de Barcelona.

Le corresponden los barrios de Viñuela, Fuensantilla, Sagunto, Levante y Fátima.

Norte-Sierra: El polígono delimitado al norte de la Av. De la Libertad, en el tramo comprendido entre la confluencia con la Av. Del Gran Capitán y Llanos del Pretorio, al norte de Av. De Al Nasir y línea de ferrocarril hasta cruce con carretera de Badajoz; al oeste de ronda norte y limite urbano de Brillante; al este de límite urbano de brillante y patriarca hasta confluencia con canal de riego; al norte del canal de riego hasta confluencia con Av. Del Brillante; al este de Av. Del Brillante, en el tramo comprendido
entre el canal de riego y cruce con Av. Gran Capitán, al este de Gran Capitán, en el tramo comprendido entre Av. Del Brillante y Av. De la Libertad.

Le corresponden los barrios de Valdeolleros, Santa Rosa, Asomadilla, Camping, El Tablero, El Patriarca, Brillante, el Naranjo y Huerta de San Rafael.

Norte-Centro: El polígono delimitado al oeste de Av. De Gran Capitán en el tramo comprendido entre Av. de la Libertad y Av. Del Brillante, al oeste de Av. del Brillante, en el tramo comprendido entre confluencia con Gran Capitán y Av. Arruzafilla; al sur de Av. Arruzafilla, en el tramo comprendido entre confluencia con Av. El Brillante y Av. Cañito Bazán; al este de ronda de Poniente, en el tramo comprendido desde la confluencia con la Av. de Cañito Bazán y cruce línea de ferrocarril.

Le corresponde los barrios de Huerta la Reina, Las Margaritas, Moreras, Arruzafilla, Arroyo del Moro, Parque Figueroa, y Huerta de Santa Isabel.

Poniente-Norte: El polígono delimitado al norte de la línea de ferrocarril, en el tramo comprendido entre cruce con la ronda de poniente y puente parque joyero; al este del arroyo de cantarranas, desde línea de ferrocarril hasta carretera Trassierra, y hacia el norte de la carretera Trassierra hasta el limite urbano de urbanización patriarca y brillante; al sur de la urbanización patriarca y brillante hasta la calle Barón de Fuente Quintos; al oeste de la calle Barón de Fuente Quintos, en el tramo comprendido desde el cruce de la calle Poeta Luis Cernuda y glorieta de ronda de Poniente; al oeste de ronda de poniente, en el tramo comprendido entre glorieta de confluencia con Av. Cañito Bazán y cruce con línea de ferrocarril.

Le corresponden los barrios de Parque Azahara, Electromecánicas, Palmeras, Miralbaida y San Rafael de la Albaida.

Poniente-Sur: El polígono delimitado al sur de la línea de ferrocarril en el tramo comprendido entre cruce con ronda de poniente y Av. Mozárabes; al oeste de la Av. Mozárabes, Av. Republica Argentina, Av. Conde de Vallellano y Av. del Corregidor; al norte del cauce del río Guadalquivir, en el tramo comprendido entre puente de San Rafael y Puente de Andalucía; al este de la ronda de poniente, en el tramo comprendido entre puente de Andalucía y cruce con la línea de ferrocarril.

Le corresponde los barrios de Parque Cruz Conde, Vista-Alegre, Polígono de Poniente, Huerta la Marquesa, Ciudad Jardín, Cercadilla Medina Azahara y Olivos Borrachos.

DISTRITOS PERIURBANOS:
Los dos distritos periurbanos comprenden el resto del territorio del municipio no considerado casco urbano, estableciendo el límite entre ambos distritos periurbanos en la carretera de Villaviciosa CO-110 por el norte del casco urbano, y en el río Guadalquivir en el tramo al oeste del casco urbano a partir del puente de Andalucía con la siguiente delimitación.

Periurbano Oeste-Sierra: Formado por los núcleos de población de Villarrubia, El Higuerón y Trassierra correspondiéndole el territorio que queda al norte del río Guadalquivir en el tramo comprendido entre el puente de Andalucía y el límite municipal con Almodóvar del Río; al este del limite municipal con
Almodóvar del Río en dirección norte; al sur del límite municipal con Villaviciosa en dirección este hasta la carretera de Villaviciosa; al oeste de la carretera de Villaviciosa hasta su confluencia con el Casco Urbano.

Periurbano Este-Campiña: Formado por los núcleos de población de Cerro Muriano, Alcolea y Santa Cruz, correspondiéndole el territorio que queda al sur del río Guadalquivir en el tramo comprendido entre el puente de Andalucía y el límite municipal con Almodóvar del Río; al este del límite municipal con Almodóvar del Río en dirección sur desde el río Guadalquivir, al este del límite municipal con Guadalcázar, La Carlota y la Victoria; al norte del límite municipal con la Rambla, Fernán Núñez, Montemayor,
Espejo y Castro del Río; al oeste del límite municipal con Cañete de las Torres, Bujalance, El Carpio, Villafranca y Adamuz; al sur del limite municipal con Obejo y Villaviciosa hasta la carretera de
Villaviciosa en dirección este.

JUNTAS MUNICIPALES DE DISTRITO

Junta Municipal del Distrito Centro

Plaza de la Corredera, s/n. / 14002-Córdoba
Teléfono: 957.496.8821 Fax: 957.485.850

Presidenta: Dª. María Victoria Fernández Domínguez
Director/Secretario:

MIEMBROS DE LA JUNTA MUNICIPAL DE DISTRITO CENTRO
PRESIDENTA: Dª. VICTORIA FERNÁNDEZ DOMÍNGUEZ

TITULARES Y SUPLENTES DESIGNADOS/AS POR EL CONSEJO DE DISTRITO CENTRO
D. PEDRO ANTÚNEZ MARÍN TITULAR
Dª. SILVIA CARMONA BERENGUER TITULAR
D. MANUEL CRUZ TORRES TITULAR
Dª.MANUELA MONTALBÁN NEBRA TITULAR
Dª.JUANA PÉREZ GIRÓN TITULAR
D. ÁNGEL REYES LEÓN TITULAR

Dª. ELENA LECHUGA VARONA SUPLENTE
D. ENRIQUE GRANADOS GUILLÉN SUPLENTE
D. ANTONIO RUIZ CABELLO SUPLENTE
Dª SOLEDAD SEVILLA MARTÍNEZ SUPLENTE
Dª. MANUELA BONILLA POZO SUPLENTE
D. ANTONIO RODRÍGUEZ PANIZA SUPLENTE

TITULAR Y SUPLENTE DESIGNADOS/AS POR EL GRUPO POLÍTICO MUNICIPAL DE IZQUIERDA UNIDA-LOS VERDES-CONVOCATORIA POR ANDALUCÍA:
Dª. ISABEL PÉREZ VALERO TITULAR
D. FRANCISCO DIEZ BELINCHON SUPLENTE

TITULAR Y SUPLENTE DESIGNADOS/AS POR EL GRUPO POLÍTICO MUNICIPAL DEL PARTIDO POPULAR:
Dª. ROSARIO PASTOR TURRULLOLS TITULAR
Dª. VERÓNICA MARTOS MONTILLA SUPLENTE

TITULAR Y SUPLENTE DESIGNADOS/AS POR EL GRUPO POLÍTICO MUNICIPAL DEL PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL:
Dª. CARMEN CUEVAS GALLEGO TITULAR
Dª. MANUEL GAVILAN JIMÉNEZ SUPLENTE
 

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Junta Municipal de Distrito Sur

Centro Cívico Complementario Arrabal del Sur (c/ Santo Domingo de Guzmán s/n, 14009-Córdoba).
Teléfono 957-760320 y fax 957-290292.  direccion.sur@ayuncordoba.es

Presidenta : Dª. Rosa María Candelario Ruiz
Director/Secretario: D. Jesús Peña Ojeda

MIEMBROS DE LA JUNTA MUNICIPAL DE DISTRITO SUR
PRESIDENTA: Dª. ROSA CANDELARIO RUIZ.

TITULARES Y SUPLENTES DESIGNADOS POR EL CONSEJO DE DISTRITO SUR:
D. RAFAEL GARCÍA MESA TITULAR
D. JOSÉ A. GONZÁLEZ ADAME TITULAR
D. LUIS J. GARCÍA SÁNCHEZ TITULAR
D. MIGUEL A. UCEDA RODRÍGUEZ TITULAR
Dª. ANTONIA GONZÁLEZ RÍDER TITULAR

D. ANTONIO ROJAS MUÑOZ SUPLENTE
Dª. FRANCISCA GONZÁLEZ JIMÉNEZ SUPLENTE

TITULAR Y SUPLENTE DESIGNADOS POR EL GRUPO POLÍTICO MUNICIPAL DE IZQUIERDA UNIDA-LOS VERDES-CONVOCATORIA POR ANDALUCÍA:
Dª. Mª. DOLORES DAMIÁN MUÑOZ TITULAR
Dª. AURORA BASALLO CORTÉS SUPLENTE

TITULAR Y SUPLENTE DESIGNADOS POR EL GRUPO POLÍTICO MUNICIPAL DEL PARTIDO POPULAR:
D. ÓSCAR RUIZ SABIDO TITULAR
D. REGINALDO MATALA OKO SUPLENTE

TITULAR Y SUPLENTE DESIGNADOS POR EL GRUPO POLÍTICO MUNICIPAL DEL PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL:
D. ANTONIO ROJAS HIDALGO TITULAR
D. MANUEL FERNÁNDEZ GÁLVEZ SUPLENTE

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Junta Municipal de Distrito Sureste

Cl. Arquitecto Sáenz de Santamaría, 14114010-Córdoba
Teléfono: 957.431.0561 Fax: 957.438.340
cc.fuensanta@ayuncordoba.es
Presidenta: Dª. Marian Ruiz Sáez

MIEMBROS DE LA JUNTA MUNICIPAL DE DISTRITO SURESTE
PRESIDENTA: Dª. MARIAN RUIZ SÁEZ

TITULARES Y SUPLENTES DESIGNADOS/AS POR EL CONSEJO DE DISTRITO SURESTE:
Dª. RAFAELA QUESADA RAMÍREZ TITULAR
Dª. GUADALUPE LÓPEZ BERNAL TITULAR
D. RAFAEL PEDRAJAS PAVÓN TITULAR
D. RAFAEL CARMONA MUÑOZ TITULAR
D. JOSÉ J. GONZÁLEZ ESCAMILLA TITULAR
D. JOSÉ GINÉS MORENO BELLIDO TITULAR

Dª. MARÍA ANTONIA GIL OBRERO SUPLENTE
Dª. DOLORES ANA LUENGO FERNÁNDEZ SUPLENTE
Dª. Mª. ÁNGELES ORTIZ MORA SUPLENTE
D. JESÚS MAÑAS MONTERO SUPLENTE
D. ANTONIO GONZÁLEZ GARCÍA SUPLENTE
Dª. MARIANA GRANDE BAREA SUPLENTE

TITULAR Y SUPLENTE DESIGNADOS/AS POR EL GRUPO POLÍTICO MUNICIPAL DE IZQUIERDA UNIDA-LOS VERDES-CONVOCATORIA POR ANDALUCÍA:
Dª. MERCEDES CASANOVA BRICEÑO TITULAR
Dª. FRANCISCA DUEÑAS RODRÍGUEZ SUPLENTE

TITULAR Y SUPLENTE DESIGNADOS/AS POR EL GRUPO POLÍTICO MUNICIPAL DEL PARTIDO POPULAR:
D. MARCOS SANTIAGO CORTÉS TITULAR
Dª. ANA ISABEL MIRANDA SÁNCHEZ SUPLENTE

TITULAR Y SUPLENTE DESIGNADOS/AS POR EL GRUPO POLÍTICO MUNICIPAL DEL PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL:
D. JOSÉ LUIS RUIZ ÁLVAREZ TITULAR
Dª. ROSARIO GALISTEO LUQUE SUPLENTE

 

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Junta Municipal de Distrito Levante

Avda. Carlos III, 53, bis! 14010-Córdoba
Teléfono: 957.437.5971 Fax: 957.437.688 cc.levante@ayuncordoba.es
Presidente: D. Francisco Tejada Gallegos

MIEMBROS DE LA JUNTA MUNICIPAL DE DISTRITO
LEVANTE
PRESIDENTE/A: D.: FRANCISCO TEJADA GALLEGOS

TITULARES Y SUPLENTES DESIGNADOS/AS POR EL CONSEJO DE DISTRITO LEVANTE:
Dª.: SAGRARIO FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ TITULAR
Dª.: MARGARITA GOSENDE CANSINO TITULAR
D.: JOSÉ CARMONA CÓRDOBA TITULAR
D.: FRANCISCO MOLINA SEGOVIA TITULAR
D.: SANTOS MACHO NAVARRO TITULAR
Dª.: ANTONIA RIVERA CASTUERA TITULAR

Dª.: RAFAELA BAZÁN CEPAS SUPLENTE
D.: RAFAEL ORDÓÑEZ BARRIENTOS SUPLENTE
Dª.: RAFAELA GARCÍA DELGADO SUPLENTE
D.: JUAN JESÚS MATA MATA SUPLENTE
D.: FRANCISCO RIVAS ALMEDA SUPLENTE
Dª.: MARÍA DOLORES GARCÍA VALVERDE SUPLENTE

TITULAR Y SUPLENTE DESIGNADOS/AS POR EL GRUPO POLÍTICO MUNICIPAL DE IZQUIERDA UNIDA:
D.: FRANCISCO JAVIER LUCENA JIMÉNEZ TITULAR
Dª.: MANUELA CUADRA CARRETERO SUPLENTE

TITULAR Y SUPLENTE DESIGNADOS/AS POR EL GRUPO POLÍTICO MUNICIPAL DEL PARTIDO POPULAR:
Dª.: TRINIDAD MORENO MORENO TITULAR
Dª.: CARMEN LORA NAVARRO SUPLENTE

TITULAR Y SUPLENTE DESIGNADOS/AS POR EL GRUPO POLÍTICO MUNICIPAL DEL PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL:
D.: RAFAEL PÉREZ SERRANO TITULAR
D.: JOSÉ PASTOR PÉREZ SUPLENTE

 

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Junta Municipal de Distrito Norte Sierra

Avda. Cruz de Juárez, s/n. 1 14006-Córdoba
Teléfono: 957.340.1401 Fax: 957.275.151 cc.norte@ayuncordoba.es
Presidente: D. José Joaquín Cuadra Carrasco

MIEMBROS DE LA JUNTA MUNICIPAL DE DISTRITO NORTE-SIERRA
PRESIDENTE/A: D.: JOSÉ JOAQUÍN CUADRA CARRASCO

TITULARES Y SUPLENTES DESIGNADOS/AS POR EL CONSEJO DE DISTRITO NORTE:

D.: JUAN GREGORIO RAMÍREZ TITULAR
D.: ANTONIO LUQUE VERDEJO TITULAR
D.: BENITO MORALES RAMOS TITULAR
Dª.: MARÍA SÁNCHEZ MUÑOZ TITULAR
D.:CARLOS E. RODRÍGUEZ GALÁN TITULAR
D.: RAFAEL ARRABAL LUQUE TITULAR

Dª.: FRANCISCA VILLATORO CENTELLA SUPLENTE
D.: JESUS MOYA NOYON SUPLENTE
D.: GABRIEL CAMPOS PRIETO SUPLENTE
Dª.: Mª JOSÉ CARMONA BLANCO SUPLENTE
D.: RAFAEL SÁNCHEZ MARTÍNEZ SUPLENTE
D.: FRANCISCO GEA RAMOS SUPLENTE

TITULAR Y SUPLENTE DESIGNADOS/AS POR EL GRUPO POLÍTICO MUNICIPAL DE
IZQUIERDA UNIDA-LOS VERDES-CONVOCATORIA POR ANDALUCÍA:
Dª.: PATROCINIO HORCAS ROJANO TITULAR
D.: LUDOVIC CABALLERO GARCÍA SUPLENTE
TITULAR Y SUPLENTE DESIGNADOS/AS POR EL GRUPO POLÍTICO MUNICIPAL DEL PARTIDO POPULAR:
D.: JUAN RAFAEL MARTÍNEZ CARRASCO TITULAR
D.: RICARDO GÓMEZ PORRAS SUPLENTE

TITULAR Y SUPLENTE DESIGNADOS/AS POR EL GRUPO POLÍTICO MUNICIPAL DEL PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL:
D.: JOSÉ ANTONIO MUÑOZ ARMADA TITULAR
D./Dª.: SUPLENTE

 

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Junta Municipal de Distrito Noroeste

C/. Músico Tomás Luis de Victoria, s/n. / 14011-Córdoba
Teléfono: 957.279.171 1 Fax: 957.297.171 cc.moreras@ayuncordoba.es
Presidente: D. Valentín Priego Ruiz

MIEMBROS DE LA JUNTA MUNICIPAL DE DISTRITO NOROESTE
PRESIDENTE/A: D. VALENTÍN PRIEGO RUIZ

TITULARES Y SUPLENTES DESIGNADOS/AS POR EL CONSEJO DE DISTRITO NOROESTE:

D. GABRIEL BENÍTEZ MARTÍN TITULAR
Dª. TERESA CABALLERO LUQUE TITULAR
D. JOSÉ Mª. FUENTES DELGADO TITULAR
D. RAFAEL CASADO MORENO TITULAR
D. RAFAEL REYES RAMOS TITULAR
Dª. ROSARIO RAMÍREZ LUQUE TITULAR

D. MANUEL LUQUE SERRANO SUPLENTE
D. JUAN PRIEGO RAMÍREZ SUPLENTE
Dª. ANA Mª. SÁNCHEZ CORBACHO SUPLENTE
D. JOSÉ MUÑOZ GONZÁLEZ SUPLENTE
Dª. MILAGROS RAMÍREZ JIMÉNEZ SUPLENTE
D. RAFAEL PÉREZ GONZÁLEZ SUPLENTE

TITULAR Y SUPLENTE DESIGNADOS/AS POR EL GRUPO POLÍTICO MUNICIPAL DE IZQUIERDA UNIDA-LOS VERDES-CONVOCATORIA POR ANDALUCÍA:
D. JOSÉ MANUEL MIRANDA VALVERDE TITULAR
Dª. NURIA ALBAREDA PINTADO SUPLENTE

TITULAR Y SUPLENTE DESIGNADOS/AS POR EL GRUPO POLÍTICO MUNICIPAL DEL PARTIDO POPULAR:
Dª. BEATRIZ JURADO FERNÁNDEZ DE CÓRDOBA TITULAR
D. JOSÉ MANUEL PALOMARES MUÑOZ SUPLENTE

TITULAR Y SUPLENTE DESIGNADOS/AS POR EL GRUPO POLÍTICO MUNICIPAL DEL PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL:
D. PEDRO MARTÍN FERNÁNDEZ TITULAR
Dª. SONIA RIVERA LUQUE SUPLENTE

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Junta Municipal de Distrito Poniente Norte

C/. María la Talegona, s/n. / 14005-Córdoba
Teléfono: 957.460.262 / Fax: 957.466.180 cc.vallehermoso@ayuncordoba.es
Presidenta: Dª. Ana Moreno Rodríguez

MIEMBROS DE LA JUNTA MUNICIPAL DE DISTRITO PONIENTE NORTE
PRESIDENTE/A: Dª. ANA Mª. MORENO RODRÍGUEZ

TITULARES Y SUPLENTES DESIGNADOS/AS POR EL CONSEJO DE DISTRITO PONIENTE NORTE:

D. RAFAEL DORADO GUTIÉRREZ TITULAR
Dª. PILAR FEITO BARRERO TITULAR
Dª. ISABEL JURADO FUENTES TITULAR
Dª. MANUELA MUÑOZ AROCA TITULAR
D.. MANUEL SÁNCHEZ GARCÍA TITULAR
Dª. CONCEPCIÓN SÁNCHEZ PÉREZ TITULAR

Dª. PILAR CANTARERO MEDINA SUPLENTE
D.. FRANCISCO CASTILLO RUIZ SUPLENTE
D.. RAFAEL DE LA ROSA PAREJA SUPLENTE
D.  ALFONSO MOYANO FRANCO SUPLENTE
Dª. ROSA Mª. RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ SUPLENTE
Dª. CARMEN Mª. RUIZ BALMON SUPLENTE

TITULAR Y SUPLENTE DESIGNADOS/AS POR EL GRUPO POLÍTICO MUNICIPAL DE IZQUIERDA UNIDA-LOS VERDES-CONVOCATORIA POR ANDALUCÍA:
D. RAFAEL PORCEL LÓPEZ TITULAR
Dª. Mª. DOLORES PORCEL MONTSERRAT SUPLENTE

TITULAR Y SUPLENTE DESIGNADOS/AS POR EL GRUPO POLÍTICO MUNICIPAL DEL
PARTIDO POPULAR:
D. JESÚS JULIO LUQUE FERNÁNDEZ TITULAR
D. FRANCISCO JAVIER VINOS CHECA SUPLENTE

TITULAR Y SUPLENTE DESIGNADOS/AS POR EL GRUPO POLÍTICO MUNICIPAL DEL PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL:
D. JOSÉ ANTONIO RUZ PÉREZ TITULAR
D. MANUEL SÁNCHEZ CÓRDOBA SUPLENTE

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Junta Municipal del Distrito Poniente Sur

C/ Jesús Caído, s/n - Frente a Plaza de Toros - 14005 Córdoba
Teléfono: 957 761081 Fax: 957-203997
cc.cuevas@ayuncordoba.es
zts.scuevas@ayuncordoba.es   

Presidenta: Dª. María Ángeles Luna Morales
Directora/Secretaria: Dª. Teresa Román Pérez

MIEMBROS DE LA JUNTA MUNICIPAL DE DISTRITO PONIENTE SUR
PRESIDENTE/A: Dª. Mª. ANGELES LUNA MORALES

TITULARES Y SUPLENTES DESIGNADOS/AS POR EL CONSEJO DE DISTRITO PONIENTE SUR

D. LUIS BELTRÁN RODRÍGUEZ TITULAR
Dª. ROSARIO CABRERO POVEDA TITULAR
Dª. FRANCISCA DE LA ROSA ESPEJO TITULAR
D. JOSÉ Mª. HERRERA HERNÁNDEZ TITULAR
D. M. CARLOS ORDÓÑEZ CASTRO TITULAR
D. CLAUDIO MATEO RIDER AGUILAR TITULAR

D. NATALIO AGUILERA VÁZQUEZ SUPLENTE
D. ALBERTO ALCOLEA PALAFOX SUPLENTE
Dª. CARMEN CAÑETE SEVILLANO SUPLENTE
D. JUAN JOSÉ GUZMÁN GARRIDO SUPLENTE
D. FRANCISCO MONTEMAYOR GARCÍA SUPLENTE
D. JOSÉ PASO ALCOLEA SUPLENTE

TITULAR Y SUPLENTE DESIGNADOS/AS POR EL GRUPO POLÍTICO MUNICIPAL DE IZQUIERDA UNIDA-LOS VERDES-CONVOCATORIA POR ANDALUCÍA:
Dª. ANTONIA PASTOR SALCEDO TITULAR
D. MODESTO LÓPEZ PÉREZ SUPLENTE

TITULAR Y SUPLENTE DESIGNADOS/AS POR EL GRUPO POLÍTICO MUNICIPAL DEL PARTIDO POPULAR:
D. MOISÉS GONZÁLEZ VEGA-LEAL TITULAR
D. JOSÉ ANTONIO SILES BERMÚDEZ SUPLENTE

TITULAR Y SUPLENTE DESIGNADOS/AS POR EL GRUPO POLÍTICO MUNICIPAL DEL PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL:
D. MIGUEL ÁNGEL BAÑO GONZÁLEZ TITULAR

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Junta Municipal de distrito Periurbano Este-Campiña

Carretera de Madrid, 37/ 14610-Alcolea
Teléfono: 957.320.876 / Fax: 957.321.838 alcolea@ayuncordoba.es
Presidente: Dª. Alba María Doblas Miranda

Pendiente de recibir información de los miembros de la Junta.

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Junta Municipal de Distrito Periurbano Oeste-Sierra

C/. Escritor Leiva Muñoz, 6 / 14005-El Higuerón
Teléfono: 957.329.528 / Fax: 957.323.075 cc.higueron@ayuncordoba.es
Presidente: Dª. Alba María Doblas Miranda

Pendiente de recibir información de los miembros de la Junta.

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Información facilitada por el Ayuntamiento de Córdoba en su web Distritos - Ayuntamiento de Cordoba